El Tribunal Superior confirmó la legalidad del Plan de Ordenamiento Territorial (PLOT) de San Francisco y mantuvo en firme el Acuerdo 270 aprobado por el Consejo Municipal de Panamá. Los magistrados decidieron no conceder los amparos de garantías constitucionales presentados contra ese acuerdo. El Tribunal precisó que la ley no exige un número mínimo de participantes ni prohíbe hacer estas consultas en fechas coincidentes con eventos nacionales. El fallo reconoce que el Acuerdo 270 responde a la necesidad de ordenar territorialmente San Francisco, tras un vacío normativo previo. También se aclara que Boca La Caja no forma parte de lo establecido dentro de este acuerdo. Con estas decisiones, se confirma que el alcalde Mayer Mizrachi, el Municipio de Panamá y la Dirección de Planificación Urbana actuaron conforme a derecho durante todo el proceso. Uno fue interpuesto por el abogado Roberto Ruiz Díaz, en su propio nombre, y el otro por la Asociación Soy Paitilla. En este último caso, el Tribunal incluso revocó la decisión de primera instancia que había dado paso al recurso. Las sentencias concluyen que no hubo violación de derechos fundamentales ni del debido proceso. Además, indica que su elaboración tuvo sustento técnico, coordinación institucional y espacios de participación ciudadana. En cuanto a la zonificación, se valida que las modificaciones se hicieron con base en criterios técnicos y aportes de la comunidad. El Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial dejó clara la jugada.
Tribunal aprueba plan de ordenamiento de San Francisco
La Corte Suprema de Panamá validó el plan de ordenamiento territorial de San Francisco y el Acuerdo 270, rechazando todos los recursos. El tribunal determinó que el proceso fue legal e incluyó consultas ciudadanas.