Política Economía Del país 2026-02-23T22:49:26+00:00

Gobierno blinda empleos en puertos en medio de transición

El Gobierno de Panamá reafirma su compromiso de garantizar la estabilidad laboral de los trabajadores portuarios tras el fallo que declaró inconstitucional el contrato con Panama Ports Company, lo que ha llevado a un proceso de transición y a la emisión de un decreto de ocupación de las terminales.


Gobierno blinda empleos en puertos en medio de transición

El Gobierno Nacional reafirmó su compromiso de garantizar la estabilidad laboral de todos los trabajadores vinculados a la actividad portuaria en el país, en medio del proceso de transición tras la salida de Panama Ports Company. Esta medida responde a lo anunciado por el presidente José Raúl Mulino, quien ha insistido en que la reestructuración del sistema no puede traducirse en pérdida de empleos, especialmente en un sector clave para la economía nacional. El respaldo institucional recae en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, encabezado por la ministra Jackeline Muñoz, desde donde se ha reiterado que la protección de la fuerza laboral será una prioridad en cada fase del proceso. Las autoridades subrayaron que la estabilidad no solo abarca a los trabajadores directos de los puertos, sino también a los empleos indirectos generados por proveedores, contratistas y empresas que forman parte de la cadena logística. En ese sentido, el Ejecutivo busca evitar cualquier impacto social negativo mientras se desarrolla el nuevo modelo de administración portuaria, asegurando la continuidad operativa y la tranquilidad de cientos de familias que dependen de este sector.

La publicación en la Gaceta Oficial N.° 30468 del fallo del Pleno de la Corte Suprema de Justicia formalizó la decisión que declara inconstitucional el contrato entre el Estado panameño y Panama Ports Company. De acuerdo con el documento, la sentencia fue emitida el 29 de enero de 2026 y resuelve dos demandas de inconstitucionalidad acumuladas en una sola decisión. La primera acción fue presentada por los abogados Norman Castro y Julio Fidel Macías Hernández contra el artículo 1 de la Ley 5 de 16 de enero de 1997. La segunda demanda fue interpuesta por el abogado Antonio E. Moreno Correa, en representación de la Contraloría General de la República, contra el contrato, sus adendas y la prórroga automática. El Pleno de la Corte determinó que ambas acciones tenían “idéntica causa de pedir, objeto y pretensión”, por lo que procedió a su acumulación. El fallo analiza el contrato aprobado mediante la Ley 5 de 1997, así como sus modificaciones posteriores, entre las que se mencionan la Ley 55 de 2005, la Ley 25 de 2010 y la Ley 79 de 2012. Los demandantes señalaron como vulnerados varios artículos de la Constitución, entre ellos el 1, 2, 19, 32, 50, 159, 163, 259, 266 y 298. Uno de los puntos cuestionados es la cláusula de “Concesión por parte del Estado”, que, según los demandantes, obligaba al Estado a consultar y obtener aprobación de la empresa para otorgar futuras concesiones en áreas específicas como Diablo e Isla Telfers (“La Extensión Futura”), afectando la soberanía estatal. También se argumentó que dicha cláusula limita la capacidad del Estado para tomar decisiones sin intervención privada y que el contrato crea privilegios a favor de la empresa, especialmente en lo relativo a concesiones futuras y exoneraciones fiscales. Se cuestionó además que la concesión no fue sometida a licitación pública, contraviniendo normas de transparencia y competencia.

Esta mañana, luego de la publicación en Gaceta Oficial, se procedió con un Decreto de Ocupación de ambas terminales portuarias.

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