La testigo de la Fiscalía Yara Campo, afirmó que las donaciones privadas recibidas por partidos políticos y candidatos durante los periodos electorales de 2009 y 2014 no eran ilegales. A lo que Campo explicó que, para esos años, la legislación electoral panameña permitía recibir donaciones en cualquier periodo, tanto para campañas como para el funcionamiento regular de los partidos políticos, con la obligación de registrarlas ante el Tribunal Electoral. En cuanto a denuncias o procesos que involucren al expresidente Martinelli, Campo indicó que no recuerda denuncias ni procesos internos dentro de la jurisdicción electoral por donaciones recibidas en la campaña de 2009, ni solicitudes formales de informes por parte de autoridades electorales en ese periodo. La testigo aclaró que fue después de las reformas de 2006 cuando se incorporaron prohibiciones específicas al financiamiento privado, entre ellas: donaciones de gobiernos extranjeros, donaciones anónimas (salvo recolectas reguladas), aportes de empresas sin actividad económica en Panamá y donaciones de sociedades con participación estatal. Campo también recordó que no existían topes de donaciones antes de las reformas electorales de 2017, por lo que las campañas podían recibir montos millonarios de manera legal. Fue a partir de las reformas aplicadas para las elecciones de 2019 cuando se eliminaron los velos de confidencialidad, se estableció la publicación obligatoria de las donaciones y se fijaron límites al financiamiento de campañas. Cortes, cuestionó directamente a la testigo en relación con el partido Cambio Democrático (CD) y su entonces representante legal, el expresidente Ricardo Martinelli, sobre si existía para el año 2009 alguna denuncia por donaciones recibidas. La abogada Alma Cortés, miembro del equipo defensor del expresidente Ricardo Martinelli, contrainterrogó a la testigo de la Fiscalía. Ayer la Fiscalía también presentó al segundo testigo, el empresario Gabriel Alvarado, quién solicitó ocultar su rostro durante su comparecencia. Campo explicó que, durante los procesos electorales de 2009 y 2014, estaba vigente el llamado "velo de confidencialidad" sobre los informes de donaciones, establecido en el artículo 176-A del Código Electoral, introducido por la Ley 60 de 2002. Este mecanismo impedía la publicación de la información en la página web institucional y limitaba su acceso únicamente a los partidos, candidatos y a determinadas autoridades, como el Ministerio Público, el Órgano Judicial, la Fiscalía Electoral y altos funcionarios del Tribunal Electoral, solo en caso de indicios de violación a la ley penal. Estas normas fueron reglamentadas mediante decretos, que establecían requisitos como declaraciones juradas, cuentas bancarias, registros contables y la obligación de conservar los documentos por al menos tres años para posibles auditorías. Su testimonio no tuvo mayor impacto y tampoco mencionó a Martinelli, incluso la defensa del expresidente no lo confrontó.
La testigo afirmó que las donaciones a partidos panameños en 2009-2014 eran legales
La testigo de la Fiscalía de Panamá, Yara Campo, afirmó que las donaciones privadas recibidas por partidos y candidatos en las campañas electorales de 2009 y 2014 eran legales, ya que la legislación vigente lo permitía. También explicó la evolución de las leyes electorales del país.