Economía Política Del país 2026-02-19T10:07:23+00:00

50 mil panameños faltan por retirar su Certificado de Pago Negociable (Cepadem)

El Ministerio de Economía y Finanzas de Panama llama a los ciudadanos a retirar sus certificados Cepadem pendientes antes de iniciar los pagos del Cepanim. Los herederos de los beneficiarios fallecidos también pueden reclamar la compensación.


Unos 50 mil panameños faltan por retirar su Certificado de Pago Negociable de la Segunda Partida del Décimo Tercer Mes (Cepadem), que incluye el pago de capital e intereses al 3% desde 1972 a 1983, indicó Carmen Jaén, coordinadora de la Oficina de Atención y Entrega de Cepadem del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Jaén espera que estos desembolsos puedan saldarse antes de que inicie la entrega de los Certificados de Pago Negociables por Interés por Mora (Cepanim) en el mes de junio para que no haya aglomeración de personas y el proceso sea más ágil. Agregaron que con el pago de los intereses por mora generados hasta el año 2017, que ascienden a más de 2 millones de dólares, saldarán la deuda que mantiene el Estado panameño con más de 600 mil trabajadores del sector privado y público a los que se les retuvo el décimo tercer mes. Aseguró que, cuando se requiera de estas acciones legales, los fondos se mantendrán por los años que duren las mismas hasta que puedan ser reclamados por algún pariente del beneficiario principal. El MEF, en paralelo, trabaja en una plataforma digital para que los ciudadanos se registren y validen su estatus con respecto al Cepanim con el objetivo de que la entrega se haga lo más ordenada posible. Reiteró que es "superimportante" que las personas reciban su Cepadem conforme para retirar el Cepanim, que va desde 1983 hasta 2017; por ello, todas las oficinas regionales de la institución han sido habilitadas para acreditar estos pagos a fin de que las personas que residen en áreas de difícil acceso, discapacitadas o encamadas también puedan retirar sus certificados. Explicó que, en caso de fallecimiento, los cónyuges, parejas de hecho, hijos y otros familiares tienen derecho a reclamar el beneficio siguiendo los parámetros que establece la ley, que consisten en la presentación de los certificados de matrimonio y defunción, y juicio de sucesión, dependiendo del caso.

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